La Sentencia del Juzgado de Instrucción nº. 3 de Alcalá de Henares, de 17 de diciembre de 2015, en un caso de delito de usurpación de vivienda, acepta nuestra solicitud de que no se proceda al lanzamiento de nuestro cliente hasta que finalice el curso escolar de su hijo de siete años, considerando que prevalece el contenido social de la vivienda y que el bienestar  del menor ha de ser objeto de protección prioritaria.